Los trabajadores bajo relación de dependencia que no presentaron la Proyección de Gastos Personales en febrero todavía tienen una nueva oportunidad para hacerlo durante junio de 2026 y así reducir el pago del Impuesto a la Renta (IR).
La posibilidad está contemplada en una resolución del Servicio de Rentas Internas (SRI), que permite a los contribuyentes actualizar o presentar por primera vez este formulario ante sus empleadores.
¿Quiénes pueden presentar una nueva proyección?
Según la normativa del SRI, los trabajadores que consideren que sus gastos personales o el número de cargas familiares será diferente al reportado inicialmente podrán entregar un nuevo formulario en junio o septiembre.
El objetivo es que el empleador realice una reliquidación de las futuras retenciones del Impuesto a la Renta correspondientes al ejercicio fiscal 2026.
El analista tributario Javier Bustos explica que esta opción aplica tanto para quienes desean modificar la proyección presentada en febrero como para quienes no realizaron el trámite en esa fecha.
“La actualización o nueva proyección tendrá efecto desde junio en adelante; no es retroactiva”, aclaró Bustos.
¿Hasta cuándo se puede realizar el trámite?
La nueva proyección podrá presentarse hasta el 30 de junio de 2026.
Con este trámite, los trabajadores pueden acceder a una reducción en las retenciones mensuales del Impuesto a la Renta y disminuir el valor a pagar en la declaración correspondiente al año fiscal 2026, que se realizará en 2027.
¿Quiénes están obligados a declarar Impuesto a la Renta?
En 2026, deben declarar Impuesto a la Renta las personas que perciban ingresos superiores a:
- USD 12.208 anuales
- USD 1.017,33 mensuales
¿Qué gastos se pueden incluir?
En el formulario de Proyección de Gastos Personales, el trabajador debe estimar los gastos que tendrá durante el año en categorías como:
- Vivienda
- Alimentación
- Vestimenta
- Salud
- Educación
- Turismo
- Cuidado de mascotas
También se deben registrar las cargas familiares, entre ellas:
- Hijos menores de 21 años
- Cónyuge
- Padres dependientes económicamente
¿Qué pasa si no presenta la proyección?
Si el trabajador no entrega la Proyección de Gastos Personales, el empleador aplicará una retención mensual más alta de Impuesto a la Renta, ya que no contará con información sobre los gastos deducibles permitidos por la ley.













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